El abogado Namphi Rodríguez, es presidente de la Fundación Prensa & Derecho. |
El
abogado Namphi Rodríguez advirtió al Senado que de ser aprobado como lo ha
recibido un proyecto de ley sobre libertad de expresión, se incurriría en
inconstitucionalidad porque se desconocería el secreto profesional de los
periodistas y se convertiría a los directores de medios de comunicación en
“colaboradores” de los órganos represivos del Estado.
Al
emitir una opinión consultiva del proyecto de ley sometido por los senadores
José Rafael Vargas, Luis René Canaán y Manuel Guichardo, Rodríguez dijo que el
mismo dispone en su artículo 18 que los directores de medios de comunicación
tienen un “deber de colaboración” con el Ministerio Público, que “podrá
solicitarle los datos que permitan identificar a los autores de las
publicaciones bajo su control”.
El
jurista alertó que esa disposición contravendría el artículo 49 de la
Constitución que consagra el secreto profesional de los periodistas como una
garantía para proteger las fuentes de los informadores públicos.
Informó
que entregó personalmente el documento analítico de los proyectos de leyes al
senador Charlie Mariotti, presidente de la Comisión de Medios del Senado, a fin
de que se entienda que el secreto profesional busca garantizar a los
periodistas el derecho de reservar sus fuentes de información, aún en los casos
en que sean llamaos a declarar como testigos ante los tribunales o ante cualquier
autoridad judicial o extrajudicial.
“El
secreto profesional consiste en el derecho de los periodistas a negarse a
revelar públicamente las fuentes de las informaciones recibidas en forma
confidencial; hay que entender que este secreto coadyuva a obtener y difundir
informaciones en los ámbitos público y privado que interesan a la sociedad, por
eso hay que protegerlo”, dijo.
Rodríguez
señaló que una disposición como esa sería declarada inconstitucional porque en
la doctrina internacional se advierte que el imponer a un periodista la
revelación obligatoria de su fuente de información equivale a censura, lo cual sanciona el propio artículo
49 de la Carta Magna.
Falta
de Sanciones
El
catedrático de Derecho Constitucional y presidente de la Fundación Prensa y
Derecho indicó que otra de las falencias del referido proyecto consiste en que
carece de régimen sancionatorio, porque los redactores lo difirieron al Código
Penal, lo cual es incorrecto ya que los delitos de difamación e injuria se
rigen por la ley de prensa.
“Los
redactores omitieron que la jurisprudencia constante de la Suprema Corte de
Justicia y el precedente del Tribunal Constitucional (sentencia TC-0075) han
establecido el criterio de que la represión de los delitos de difamación e
injuria que se cometan a través de los medios de comunicación no son objeto de
las sanciones del Código Penal, sino de la propia Ley de Prensa; mientras que
la difamación e injuria que se realiza fuera del ámbito de esta ley se sanciona
con las disposiciones de los artículos 387 al 378 del Código Penal”, subrayó.
Explicó
que la forma en que se pretende remitir el régimen de penas al derecho común
dejaría estos delitos en un “limbo penal”, lo cual equivaldría a su
inexistencia frente al honor, la intimidad y la propia imagen de las personas.
“Si
se aprobara ese proyecto así se podría caer en un limbo penal, debido a que
esos delitos ni lo sancionaría la nueva ley, ni tampoco el Código Penal”,
agregó.
Responsabilidad
de Periodistas
Para
Namphi Rodríguez la pretensión del proyecto de ley de prensa de imponer la
responsabilidad de los delitos de
difamación e injuria a los periodistas
que firmen las informaciones choca con el principio de la personalidad de la
pena y con el precedente del Tribunal Constitucional.
Rechazó
que se busque establecer un régimen que “sobrecargue” a los periodistas o
redactores por el simple hecho de transcribir fielmente lo que expresan los
actores de la opinión pública.
En
ese sentido, dijo que, lo mismo que la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP),
le resulta inquietante la terminología que usa el proyecto de ley para exigir a
los periodistas citas textuales en las informaciones.
“El
proyecto de ley debe reorientarse para reconsiderar el régimen de
responsabilidad jurídica y establecer cuál es el compromiso de los informadores
públicos, pero no se puede pretender hacerlos responsables exclusivos de los
delitos de prensa”, concluyó.
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"Reflejo de la Sociedad"
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